miércoles, 4 de julio de 2012

IMPUESTO

Carga obligatoria; pago que particulares o empresas deben realizar al estado para contribuir a su financiamiento; son susceptibles de diferentes clasificaciones:

a) Siguiendo un criterio geográfico: Nacionales y Provinciales


b) Según escala de aplicación: Proporcionales, progresivos y regresivos

c) En relación con el sujeto de aplicación: Directos e indirectos.

Cuando un impuesto se aplica por única vez, para la concreción de un propósito definido (por ejemplo la construcción de determinada obra) se denomina "contribución".

Es importante señalar que la incidencia del impuesto dependerá de la elasticidad de las funciones de oferta y demanda; esto implica que la función más inelástica absorbe en mayor proporción la aplicación del impuesto.

Libro: Economía, etimológico y conceptual / Autor: Carlos E. Rodríguez /1era Edición/Abril 2009/ Pág  66

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